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Clases de Pesca Permitido en Agua Dulce:

Solamente se permita pescar peces con nylon y anzuelo.

Solamente se puede usar hasta 3 anzuelos o (3 anzuelos en un carnada artificial) con un nylon a la vez.

Clases de Pesca No Permitidos en Agua Dulce:

Esta prohibido la pesca con arpón de todo clases.  Esta prohibido la pesca con redes, trampas, explosivos.  Esta prohibido usar ninguna clase de químico para pescar.

Esta prohibido tirar basura, aceites, químicos y cualquiera otro sustancia que puede cuasar danos a cualquiera material vivo en agua dulce.

¡ La venda comercial de peses de agua dulce esta prohibido !

Limite de Pesca de Agua dulce.

Solamente se puede coger 12 Lobinas o Pavones/Tunares por día, y debe ser 12 pulgadas de largo cada una.

Leyes de Botes:

Toda clase de Jet Ski esta prohibido el uso en agua dulce.  El límite de motor en toda clase de bote en agua dulce es de 30 caballos (pronto con la nueva ley va hacer de 25 caballos) de fuerza.  Ley #48, Jun. 27, 1986, Art. 12

Todo tipo de botes en Puerto Rico debe ser legalmente registrado y numerado  por DRNA (Departamento de Recursos Naturales y Ambientales) de Puerto Rico.  Los números y código y el nombre del bote debe ser por los menos 4 pulgadas (5" mejor) de ancho y en un color en contraste con el color del bote.   Los números/código van por ambos lados en el frente del bote, dentro medio del código y el número debe ver un espacio de 2 a 3 pulgadas y el nombre del bote va por ambos  lados, por la parte detrás del bote.   El marbete del bote debe ser renovado todos los años.  ATTN: Todo tipos de naves de agua que no tienen donde poner un motor y no tienen motor, como Canoas y Kaykas son  libre de registro y el pago del marbete.  Ley 24, Art. 22.

Toda persona en cualquiera tipo de nave de agua debe tener un Salva Vida aprobado por la Guardia Costa puesto. 

Todo tipo de botes motorizado tiene que tener los siguientes: Remos, un pito de emergencia o bocina de aviso, un extingidor de fuego de emergencia, luces de noche (luz de bote verde y rojo en el frente del bote y una luz clara atrás para uso de noche).

Todo navegante/persona nacido depuse del 1972 tiene que coger un curso de Navegación con el DRNA para navegar un bote.  Todo navegante/persona nacido ante del 1972 debe tener un licencia de conductor vigente para navegar un bote.  Ambo tipo de navegantes/personas debe tener su licencias y el licencia/registro del bote al día a la mano en el bote.

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